Está abierto, hasta el día 4 de septiembre de 2025, o tercer período de candidaturas a las tipologías:
Asignación25 millones de euros
Inversión total: ≥ 25 mil euros
Área geográfica abarcada: Portugal Continental
Naturaleza de los beneficiarios:
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Personas físicas que a la fecha de la presentación de la candidatura tengan una edad comprendida entre los 18 y los 40 años, inclusive
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Las personas jurídicas que adopten la forma de sociedad de responsabilidad limitada y cuyo objeto social incluya la actividad agrícola, siempre que todos los socios gerentes sean jóvenes agricultores, posean la mayoría del capital social y tengan una participación individual superior al 25%
C.2.2.1 | Premio a la Instalación de Jóvenes Agricultores, para los beneficiarios que se instalen como jóvenes agricultores en régimen de primera instalación:
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25 mil euros – Importe fijo
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25 mil euros: instalación del joven agricultor en régimen de exclusividad
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5 mil euros: explotación agrícola situada en territorios vulnerables según la delimitación aprobada por la Orden n.º 301/2020, del 24 de diciembre
C.2.2.2 | Inversión Productiva Jóvenes Agricultores, los apoyos se conceden en forma de subvención no reembolsable, pudiendo asumir las modalidades de costes unitarios o reembolso de los costes elegibles incurridos por el beneficiario, de acuerdo con los niveles:
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Hasta 500 000 euros – 60%
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Superior a 500 000 euros e inferior o igual a 2 millones de euros – 50%
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Inversiones en sistemas de riego existentes – 60%
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Inversiones en sistemas de riego en nuevas zonas – 50%
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El límite de apoyo por candidatura es de 400 mil euros
La suma del importe de la prima a la instalación y del valor de la ayuda que se conceda en virtud de la categoría C.2.2.2, «Inversión productiva para jóvenes agricultores», no podrá superar el 120% del importe de la inversión subvencionable aprobada.
Gastos elegibles:
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Los gastos son temporalmente elegibles a partir de 1 de enero de 2023, dado que no se encuentren materialmente concluidas ni totalmente ejecutadas, es decir, presenten una ejecución física y financiera ≤ 50%, a la fecha de presentación de la candidatura
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Los gastos realizados en fecha anterior a la presentación de la candidatura son elegibles cuando se presenten en la primera solicitud de pago, en el plazo máximo de 60 días a contar desde la fecha de presentación electrónica y autenticación del término de aceptación
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Los plazos máximos para los beneficiarios iniciar y concluir la ejecución física y financiera de las operaciones son, respectivamente, de 6 y 24 meses contados a partir de la fecha de sumisión electrónica y autenticada del término de aceptación
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